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Condenan a penas de 4 años de presidio a autores de tenencia ilegal de armas de fuego

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Bastián Alejandro Haro Vásquez y Benjamín Ignacio Fuentes Cerna a dos penas de 4 años de presidio efectivo, más las accesorias legales inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, en calidad de autores de los delitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego y tenencia ilegal de arma de fuego prohibida. Ilícitos perpetrados en agosto del año pasado, en la ciudad.

En fallo dividido, el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma Pulgar (presidenta), Rosalía Mansilla Quiroz y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– aplicó al adolescente M.E.H.V. la sanción de 4 años de internación de régimen cerrado con programa de reinserción social y la obligación de someterse a tratamiento de rehabilitación por adicción a las drogas y al alcohol, como coautor de los delitos.

El tribunal, ordenó el comiso de las armas de fuego y municiones incautadas, especies que deberán ser remitidas a Carabineros para su destrucción.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 26 de agosto de 2023, funcionarios de Carabineros, fueron alertados de una denuncia por disparos en el interior de una fábrica de ladrillos y hormigones.

«Es así que al llegar a calle Thomas Anderson frente al N°3002, comuna de Coyhaique, carabineros se encuentra con el automóvil marca Suzuki, modelo Swift, el cual era conducido por Benjamín Fuentes Cerna, en el lado del copiloto se encontraba M.E.H.V. y en el asiento trasero Bastián Haro Vásquez,  en cuyo interior mantenían un revólver, marca Italo Gra, calibre .32, serie 8481 cargado con un cartucho calibre .32; un revólver marca Iver Johnson, calibre .38, serie 26269, cargado con tres cartuchos calibre 9 por 19 mm y un revólver, marca Tango, calibre .32, sin número de serie cargado con siete cartuchos calibre .32.

Y conminados los sujetos por carabineros a la detención del móvil, M.E.H.V., abre la puerta del vehículo, dirigiéndose al sector de la leñera del domicilio ubicado en Thomas Anderson 3002, lugar donde deja las armas de fuego.

Que en el registro de las inmediaciones de la leñera funcionarios de Carabineros encontraron las tres armas que momentos antes los tres acusados mantenían al interior del vehículo antes señalado.

Los imputados no cuentan con autorización para la tenencia ni porte de armas de fuego ni municiones».

Decisión acordada con el voto en contra del magistrado Zúñiga Valenzuela.

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